Justicia y Desarrollo

Autor : Abdou Diouf

Date : February 27th, 2008
Comentarios : 2

Acaba de concluir en París la 4arta. Conferencia de Ministros de Justicia francófonos. Uno de los dos temas que fueron abordados con ese motivo fue «justicia y desarrollo», y más concretamente derecho y regulación de la economía en el espacio francófono. 

Mucho se habló de la expansión de nuevas formas de criminalidad merced a las tecnologías de la información y de la comunicación y a la ingeniería financiera, y de integración regional a través de organismos como
la OHADA de la que tuve oportunidad de tratar en mi primer blog. Volveré a referirme a algunos de estos temas en otra ocasión. 

Pero a continuación desearía ahondar en el siguiente aspecto: la diversidad de los sistemas jurídicos y judiciales, y lo necesaria que es para que éstos contribuyan realmente al desarrollo.  

La justicia es universal y el estado de derecho es un objetivo impepinable. Si bien esto es cierto,  ni la forma de hacer justicia, ni la realización del estado de derecho en sus múltiples variantes pueden reducirse a esquemas mecánicos ni medirse de forma meramente cuantitativa. No pueden obviarse las raíces históricas ni del derecho per se ni de los sistemas judiciales y de sus distintos protagonistas, so pena de que estas raíces se conviertan en obstáculos ocultos a evoluciones deseables. 

Desde sus inicios, la colonización, ya sea en África o en Latinoamérica, destruyó las formas tradicionales de justicia y estableció instituciones judiciales y normas jurídicas ajenas a las necesidades de las poblaciones y a su vida diaria. Al verse sojuzgadas, éstas no tuvieron más remedio que esquivar el sistema jurídico y sustraerse al sistema judicial, y, una vez proclamada la independencia, subvertirlos ambos. Lo que se ha venido a tachar de clientelismo y corrupción se debe inicialmente a este rechazo y no era en sus orígenes más que la afirmación del necesario lazo personal o social entre en el que pide justicia y el que juzga. 

Que quede claro: en la actualidad, la monetarización de las relaciones humanas y el predominio innegable de las relaciones mercantiles han propiciado una proliferación insoportable de la prevaricación, el abuso de cargos administrativos o judiciales para el enriquecimiento propio y el establecimiento de redes de servicios mutuos en detrimento del interés general, de la neutralidad y de la justicia y de la equidad. Por ello, la corrupción constituye uno de los principales obstáculos al desarrollo. 

¿Pero tienen la culpa de esta corrupción tan difícil de erradicar, y por otra parte tan bien documentada y diariamente denunciada, los distintos tipos de derecho? Según algunos análisis que más que centrarse en el sistema jurídico lo hacen en la organización judicial, sí; y su conclusión es que ha de prevalecer un derecho en concreto sobre los demás y que todos los sistemas han de converger hacia a él. 

Podemos ver las cosas de otro modo. Ningún derecho es mejor que otro, siempre y cuando sirva para regular las relaciones entre las personas o los grupos, proteger a los más débiles y hacer que impere cierta equidad en el funcionamiento de la colectividad. En definitiva, todo depende de cómo se administre la justicia. 

 

Las sociedades de los países en desarrollo fundamentaron sus corpus jurídicos en los grandes tipos de derecho de origen europeo, que les habían sido impuestos, y en sus propias tradiciones, para llegar a conjuntos que tienen su lógica. Si queremos luchar eficazmente contra las derivas y las esquivas, hemos de partir de esa lógica y de su historia.  

No existe ningún derecho que intrínsecamente sea capaz de erradicar la corrupción y los abusos de poder. Es el corpus político en su conjunto quien limita progresivamente esos delitos, y es él quien ha de movilizarse regularmente para impedir que resurjan. Y cuanto más familiares le sean los instrumentos jurídicos y judiciales a los que recurre, y más concernido se sienta por la solución de esos problemas, mejor lo hará.  

Claro está que no subestimo las nuevas formas de delincuencia que debilitan a los Estados y lastran su funcionamiento: el terrorismo, el crimen transnacional organizado, el blanqueo de capitales y el cibercrimen. El marco jurídico de cada país ha de ser capaz de llevar a cabo las adaptaciones necesarias para lidiar con la globalización de los intercambios, la mundialización de las economías y los movimientos de poblaciones. Pero las soluciones eficaces residen en el diálogo entre distintos sistemas jurídicos y en la profundización de cada uno de ellos, y no en una uniformización que aventajará a los más ricos y más duchos de entre aquellos que hacen la ley. 

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2 Comentarios

Che Thuy Nhu

Date : April 24th, 2008 01:07:24

Viet nam is country in transion.
The system have to change to follow the International rules .
Vietnam lack of International lawyer .
The parliament reviews the Laws .
The rules in trade ( WTO ) are new for people
We try to stimulate the e-goverment and e- training as one of main way to learn from out - side .
Mass media plays important role in education for people .
This is economy way, especially in economic crisis now .
Thank you

Roch Sosthène NEPO

Date : February 27th, 2008 12:59:35

Admirable et magistral plaidoyer pour la promotion de la diversité comme condition d’une gouvernance efficace (notamment dans les pays du Sud), auquel, bien entendu, j’adhère!